
El Salvador elimina retención a sujetos no domiciliados por transacciones en el mercado de valores
El Gobierno de El Salvador ha aprobado recientemente una reforma al Artículo 158, inciso 4º, del Código Tributario, que elimina la retención fiscal aplicada a inversionistas no domiciliados por transacciones en el mercado de valores.
Hasta ahora, dicha norma establecía que las sumas pagadas o acreditadas a personas naturales o jurídicas, uniones de personas, sociedades irregulares o de hecho, sucesiones y fideicomisos domiciliados en el extranjero, en concepto de rentas y rendimientos de capitales invertidos en títulos valores o de transacciones sobre títulos valores, participaciones y otras inversiones realizadas en el mercado bursátil a través de la Bolsa de Valores, estaban sujetas a una retención del 3% del Impuesto sobre la Renta.
Con la reforma aprobada, esta carga fiscal se elimina, lo que representa un incentivo directo para la inversión extranjera en el mercado bursátil salvadoreño, tanto en operaciones primarias como secundarias.
Por otra parte, las casas corredoras de bolsa domiciliadas en El Salvador deberán remitir a la Administración Tributaria un informe detallando los inversionistas no domiciliados que operen o inviertan en el mercado de valores. Dichos informes deberán presentarse dentro del plazo establecido en la Ley de Impuesto sobre la Renta, asegurando la transparencia de las operaciones y el control fiscal.
En resumen, la eliminación de la retención sobre transacciones bursátiles para inversionistas no domiciliados busca dinamizar el mercado de capitales, favorecer la inversión extranjera y, al mismo tiempo, mantener un sistema de control adecuado mediante la obligación de reportes por parte de las casas corredoras.